{"id":9057,"date":"2026-04-14T21:35:27","date_gmt":"2026-04-14T21:35:27","guid":{"rendered":"https:\/\/heinrich.cl\/ggh2\/?page_id=9057"},"modified":"2026-04-14T21:38:43","modified_gmt":"2026-04-14T21:38:43","slug":"acoso-o-maltrato-escolar","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/heinrich.cl\/ggh2\/acoso-o-maltrato-escolar\/","title":{"rendered":"ACOSO O MALTRATO ESCOLAR"},"content":{"rendered":"<h2 style=\"text-align: center;\">ACTUALIZACI\u00d3N DE PROTOCOLO DE ACTUACI\u00d3N FRENTE A SITUACIONES<\/h2>\n<h2 style=\"text-align: center;\">DE ACOSO O MALTRATO ESCOLAR<\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">CENTRO EDUCACIONAL PROFESOR GUILLERMO GONZ\u00c1LEZ HEINRICH RBD: 9194-4<br \/>\n\u201cLlegar\u00e1s a ser lo que logres aprender\u201d<br \/>\nPROTOCOLO DE ACTUACI\u00d3N FRENTE A SITUACIONES DE ACOSO O MALTRATO ESCOLAR<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\">Pre\u00e1mbulo<br \/>\nEl Acoso Escolar, definido por la Ley N\u00b0 20.536 sobre Violencia Escolar que introduce modificaciones en el Decreto con Fuerza de Ley N\u00b02 del Ministerio de Educaci\u00f3n del a\u00f1o 2010, es toda acci\u00f3n u omisi\u00f3n constitutiva de agresi\u00f3n u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del Establecimiento Educacional por Estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, vali\u00e9ndose para ello de una situaci\u00f3n de superioridad o de indefensi\u00f3n del Estudiante afectado, que provoque en este \u00faltimo, maltrato, humillaci\u00f3n o fundado temor de verse expuesto a un mal de car\u00e1cter grave, ya sea por medios tecnol\u00f3gicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condici\u00f3n.<br \/>\nEn virtud de nuestro Reglamento de Convivencia Escolar, el Acoso Escolar se considera una Falta Grav\u00edsima, merecedora de las Medidas Disciplinarias Formativas m\u00e1s estrictas que nuestro cuerpo normativo contempla y de un Protocolo dedicado para su investigaci\u00f3n y esclarecimiento de hechos, cuyo resultado servir\u00e1 para inmediatamente pasar al Procedimiento de Aplicaci\u00f3n de Medidas Disciplinarias Formativas.<br \/>\nNo obstante, ante el Acoso Escolar no s\u00f3lo se contemplan Medidas Disciplinarias Formativas, sino medidas preventivas a implementarse a lo largo del a\u00f1o, cuyo objetivo principal es hacer reflexionar a la Comunidad Educativa acerca de la gravedad y consecuencias del Acoso Escolar.<br \/>\nPor lo tanto, para efectos de dar cumplimiento con la normativa educacional vigente y nuestro Reglamento de Convivencia Escolar, es que se ha dispuesto el siguiente Protocolo de Actuaci\u00f3n frente a Situaciones de Acoso o Maltrato Escolar.<br \/>\nProcedimiento<br \/>\nI. Estrategias de prevenci\u00f3n de la violencia escolar<br \/>\nEl Centro Educacional Profesor Guillermo Gonz\u00e1lez Heinrich reconoce la necesidad de desarrollar en sus estudiantes las habilidades blandas y sociales necesarias para resguardar la buena convivencia, prevenir situaciones de conflicto que alteren las relaciones interpersonales en la unidad educativa y, especialmente, anticiparse en el abordaje de las diversas manifestaciones de violencia escolar. Con esta finalidad ha establecido las estrategias de prevenci\u00f3n de la violencia escolar que se mencionan en este protocolo.<br \/>\nDado que los t\u00e9rminos \u201ccapacitar e informar\u201d orientan la gesti\u00f3n de las estrategias preventivas de la violencia escolar, el Colegio ha considerado el desarrollo de las siguientes actividades de prevenci\u00f3n de la violencia escolar.<br \/>\n1.- Sesiones de capacitaci\u00f3n a los profesores y funcionarios del colegio en el manejo de estrategias para la detecci\u00f3n temprana de situaciones de riesgo de violencia escolar. Estas sesiones estar\u00e1n incluidas dentro del Plan de Formaci\u00f3n Docente.<br \/>\n2.- Sesi\u00f3n de capacitaci\u00f3n durante el proceso inducci\u00f3n de los trabajadores nuevos del colegio.<br \/>\n3.- Promover actitudes y valores sociales que favorezcan las habilidades sociales y el buen trato a trav\u00e9s de la gesti\u00f3n de aula de sus profesores.<br \/>\n4.- Capacitaci\u00f3n y actividades de trabajo con alumnos, profesores y apoderados sobre el buen uso de las redes sociales.<br \/>\n5.- Charlas informativas a padres y apoderados que destaquen la necesidad de abordar colaborativamente el tema del maltrato escolar y la importancia de prevenir conductas que atenten contra la sana convivencia escolar en todas sus formas, especialmente en el \u00e1mbito del buen uso de las redes sociales.<br \/>\nJunto con ello se realizar\u00e1n las siguientes acciones:<br \/>\n\u2022<br \/>\nSe incluir\u00e1 el tema de la convivencia escolar en reuni\u00f3n de apoderados.<br \/>\n\u2022<br \/>\nSe difundir\u00e1 a la comunidad educativa el Reglamento Interno de Convivencia actualizado y sus protocolos asociados, por medio de la p\u00e1gina web oficial del colegio<br \/>\n\u2022<br \/>\nSupervisi\u00f3n permanente en los distintos sectores del Colegio, Especialmente en los recreos y cambios de hora, por los asistentes de la educaci\u00f3n y equipo directivo.<br \/>\n\u2022<br \/>\nLos funcionaros velar\u00e1n por el trato respetuoso hacia y entre los alumnos, procurando educar permanentemente en este sentido.<br \/>\n1. Objetivo<br \/>\nEl presente protocolo tiene por objetivo definir el procedimiento e intervenci\u00f3n que se aplicar\u00e1 en caso de situaciones de violencia f\u00edsica o psicol\u00f3gica que se produzcan en el contexto escolar, ya sea entre estudiantes; entre estudiantes y padres o apoderados; entre funcionarios del establecimiento y estudiantes o entre funcionarios del establecimiento y padres, madres y\/o apoderados, incluidos los hechos de violencia psicol\u00f3gica producida a trav\u00e9s de medios digitales (redes sociales, p\u00e1ginas de Internet, videos, etc.).<br \/>\nSituaciones frente a las cuales se activar\u00e1 el presente protocolo:<br \/>\n\u25aa Ante la noticia o denuncia, por cualquier medio, de la ocurrencia de una situaci\u00f3n que pudiera ser maltrato simple (sin reiteraci\u00f3n y\/o sin asimetr\u00eda), acoso escolar en contra de uno o m\u00e1s estudiantes o miembros del Colegio, ya sea al interior o fuera de este, en el contexto de una actividad escolar.<br \/>\n\u25aa Cuando cualquier adulto del colegio o externo a \u00e9l, observe o detecte una situaci\u00f3n de maltrato o acoso escolar en contra de un estudiante del colegio.<br \/>\n\u25aa Cuando los padres presenten la denuncia por la situaci\u00f3n que afecta a su hijo.<br \/>\n\u25aa Cuando se reciba el aviso de una situaci\u00f3n de maltrato o acoso escolar por parte de los estudiantes u otras personas, relacionadas o no con \u00e9l.<br \/>\n\u25aa Cuando un miembro de la comunidad ha sido v\u00edctima de violencia escolar, sea funcionario, apoderado, estudiantes, siempre que dicha conducta se haya producido en el \u00e1mbito de una actividad escolar.<br \/>\nConsiderando que los involucrados en situaciones de violencia escolar pueden ser diferentes miembros de la comunidad escolar y frente a esto, se han establecido los siguientes protocolos:<br \/>\nMaltrato entre estudiantes<br \/>\nViolencia escolar entre estudiantes. Acoso escolar presencial.<br \/>\nAcoso escolar por medios tecnol\u00f3gicos o ciberacoso.<br \/>\nMaltrato relaci\u00f3n asim\u00e9trica<br \/>\nFuncionario o apoderado hacia estudiante.<br \/>\nEstudiante hacia funcionario.<br \/>\nMaltrato entre adultos de la comunidad escolar<br \/>\nEntre funcionarios del Colegio. (RIOHS)<br \/>\nViolencia de apoderado a funcionario. (RICE)<br \/>\nViolencia de funcionario a apoderado. (RICE)<br \/>\nDefiniciones (determinadas por la ley)<br \/>\nViolencia escolar:<br \/>\nes un fen\u00f3meno relacional, cultural y multicausal. Se trata de aquellos modos de relaci\u00f3n que se caracterizan por el uso ileg\u00edtimo de la fuerza y el poder, y que tienen como consecuencia el da\u00f1o a la otra persona, a nivel f\u00edsico o psicol\u00f3gico. Al ser un hecho cultural, se entiende que la violencia es transmitida y aprendida, lo que abre tambi\u00e9n la posibilidad de ense\u00f1ar otras formas de relaci\u00f3n que sean pac\u00edficas y de prevenir su aparici\u00f3n o uso en la convivencia. Es un fen\u00f3meno que puede tener diferentes causas y sobre el cual influyen m\u00faltiples factores. En el \u00e1mbito escolar, los conflictos resueltos inadecuadamente, o que no son abordados a tiempo, o la agresividad descontrolada, son motivos que pueden llevar al uso de la violencia como un modo de relaci\u00f3n aprendido. Cuando se trata de ni\u00f1os y de j\u00f3venes, un acto de violencia no necesariamente conlleva la intencionalidad premeditada de causar un da\u00f1o a otro. Puede responder tambi\u00e9n a necesidades de autoafirmaci\u00f3n, a la b\u00fasqueda de pertenencia al grupo de pares o a la verificaci\u00f3n de los l\u00edmites y reacciones que otras personas tienen en el contexto de la convivencia escolar cotidiana. La reproducci\u00f3n de modos de convivir basados en la violencia que se encuentran presentes en el entorno cultural o social del establecimiento o de los actores de la comunidad es otro factor que explica su presencia en el contexto escolar.<br \/>\nMaltrato escolar:<br \/>\ntoda acci\u00f3n de violencia realizada entre estudiantes que no sea constitutiva de acoso escolar o entre miembros de la comunidad escolar.<br \/>\nAcoso escolar:<br \/>\ntoda acci\u00f3n u omisi\u00f3n constitutiva de agresi\u00f3n u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, vali\u00e9ndose para ello de una situaci\u00f3n de superioridad o de indefensi\u00f3n del estudiante afectado, que provoque en este \u00faltimo, maltrato, humillaci\u00f3n o fundado temor de verse expuesto a un mal de car\u00e1cter grave, ya sea por medios tecnol\u00f3gicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condici\u00f3n. (Art\u00edculo 16 B Ley 20.536)<br \/>\nCiberacoso:<br \/>\ntoda acci\u00f3n u omisi\u00f3n constitutiva de agresi\u00f3n u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, vali\u00e9ndose para ello de una situaci\u00f3n de superioridad o de indefensi\u00f3n del estudiante afectado, que provoque en este \u00faltimo, maltrato, humillaci\u00f3n o fundado temor de verse expuesto a un mal de car\u00e1cter grave, (\u2026) por medios tecnol\u00f3gicos (\u2026), tomando en cuenta su edad y condici\u00f3n\u201d. (Art\u00edculo 16 letra b LGE).<br \/>\n1. \u00e1mbito escolar;<br \/>\n2. entre estudiantes;<br \/>\n3. asimetr\u00eda de poder entre v\u00edctimas y agresores;<br \/>\n4. agresi\u00f3n u hostigamiento intencionado;<br \/>\n5. reiteraci\u00f3n y permanencia en el tiempo, y<br \/>\n6. otros elementos como la utilizaci\u00f3n de medios tecnol\u00f3gicos, publicidad virtual y la potencialidad de divulgaci\u00f3n permanente por la web.<br \/>\nSi bien el ciberacoso se produce frecuentemente dentro del \u00e1mbito del propio Colegio y entre sus miembros, esto no es exclusivo por la constante conexi\u00f3n en que se encuentran hoy los j\u00f3venes y la posibilidad de intercambio de informaci\u00f3n entre estos y estudiantes de otros establecimientos.<br \/>\nAlgunas manifestaciones de ciberacoso:<br \/>\n1.- Publicaciones en redes sociales, uso de informaci\u00f3n personal sin su consentimiento.<br \/>\n2.- Publicaci\u00f3n de comentarios, fotos, videos intimidatorios, ofensivos o denigrantes.<br \/>\n3.- Trucaje de fotos, adulteraci\u00f3n de mensajes, suplantaci\u00f3n de identidad a trav\u00e9s de medios tecnol\u00f3gicos.<br \/>\nCriterios generales a considerar<br \/>\nTanto la activaci\u00f3n del presente protocolo como las etapas en que se desarrolla, adem\u00e1s de los aspectos mencionados (etapas, acciones, responsables, plazos), (literales i al iii del Anexo 6 Circular n\u00ba 482) se considerar\u00e1n los siguientes aspectos:<br \/>\nI.<br \/>\nMedidas y forma de comunicaci\u00f3n con los apoderados:<br \/>\nLas medidas que se adopten que involucren a los apoderados son, entre otras:<br \/>\n\u2022<br \/>\nEntrevista de informaci\u00f3n;<br \/>\n\u2022<br \/>\nEntrevista para acordar planes de trabajo y acompa\u00f1amiento al estudiante.<br \/>\n\u2022<br \/>\nEntrevista para informar medidas de resguardo al estudiante y medidas formativas, disciplinarias y reparatorias.<br \/>\n\u2022<br \/>\nEntrevistas con Equipo de Convivencia Escolar y UTP para abordar medidas de apoyo pedag\u00f3gico y psicosocial si corresponde.<br \/>\n\u2022<br \/>\nEntrevistas de seguimiento y cierre.<br \/>\nLos apoderados estar\u00e1n permanentemente informados de las etapas y acciones de este<br \/>\nprotocolo. Asimismo, aquellos funcionarios del colegio que deban realizar una o m\u00e1s de las acciones que se describen en el cuadro precedente.<br \/>\nLa comunicaci\u00f3n con los apoderados se realizar\u00e1 a trav\u00e9s de los conductos regulares de<br \/>\ncontacto con las familias, priorizando seg\u00fan necesidad, sentido de urgencia y discrecionalidad de la informaci\u00f3n:<br \/>\nTel\u00e9fono del apoderado informado al colegio y\/o respaldando la informaci\u00f3n a trav\u00e9s del<br \/>\ncorreo electr\u00f3nico.<br \/>\n(Fuente: http:\/\/convivenciaescolar.mineduc.cl\/wp<br \/>\n-content\/uploads\/2019\/04\/10.-Como-prevenir-y-abordar-la-Violencia-Escolar.pdf).<br \/>\nLiterales i al iii del Anexo 6 Circular N\u00b0 482 Supereduc.<br \/>\nLas acciones que deban ser realizadas por los funcionarios del colegio, se informar\u00e1n por los conductos regulares de funcionamiento del Colegio; con preferencia, a trav\u00e9s de reuniones, entrevistas y por correo electr\u00f3nico (Literal iv del Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc.)<br \/>\n2. Las medidas de resguardo dirigidas a los estudiantes afectados consideran las siguientes acciones:<br \/>\nActivaci\u00f3n de medidas de apoyo psicosocial y pedag\u00f3gico, tales como apoyo del equipo de convivencia escolar (Orientadora y psic\u00f3logo), evaluar la eximici\u00f3n del deber de asistir al colegio por un tiempo prudente, recalendarizaci\u00f3n de trabajos y evaluaciones, entre otras.<br \/>\nTambi\u00e9n se evaluar\u00e1 la conveniencia de la derivaci\u00f3n del alumno a las instituciones y organismos competentes, tales como OPD de la comuna. (Anexo 6 Circular n\u00ba 482).<br \/>\n3. Medidas formativas, pedag\u00f3gicas y\/o de apoyo psicosocial aplicables a los alumnos involucrados en los hechos que originan la activaci\u00f3n del protocolo.<br \/>\n4. Procedimiento para cumplir con la obligaci\u00f3n de poner en conocimiento de manera formal a los Tribunales o Tribunales de Familia de cualquier hecho que constituya vulneraci\u00f3n derechos contra un alumno. Esta informaci\u00f3n se entregar\u00e1 a trav\u00e9s de correo electr\u00f3nico o por oficio o carta enviada al Tribunal (Literales viii y ix del Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc) .<br \/>\n5. Procedimiento para cumplir con la obligaci\u00f3n de denunciar.<br \/>\nCuando existan antecedentes que hagan presumir la existencia de un delito o se tenga conocimiento de hechos constitutivos de delito que afecten a estudiantes del Colegio o que hubieren tenido lugar en el colegio, dentro de las 24 horas siguientes al momento en que se toma conocimiento del hecho, Direcci\u00f3n realizar\u00e1 la denuncia a los organismos competentes dentro del plazo legal. (Literales ix del Anexo 6 Circular N\u00b0 482 Supereduc).<br \/>\nMaltrato escolar entre pares (maltrato entre estudiantes)<br \/>\nAcciones<br \/>\nResponsable<br \/>\nPlazo<br \/>\nQui\u00e9n recibida la denuncia de maltrato entre pares, este abrir\u00e1 una carpeta de investigaci\u00f3n, en la cual se dejar\u00e1 registro escrito de toda diligencia<br \/>\nProfesor Jefe<br \/>\nInspector General<br \/>\nConvivencia escolar<br \/>\nInmediato.<br \/>\nInformar al \/los apoderados inmediatamente por correo<br \/>\nInspector\u00eda General.<br \/>\nInmediato.<br \/>\nelectr\u00f3nico o tel\u00e9fono, seg\u00fan gravedad.<br \/>\nConversaci\u00f3n inicial con estudiantes involucrados para contener emocionalmente.<br \/>\nProfesor Jefe y\/o Equipo de convivencia Escolar<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nSe adoptar\u00e1n medidas para proteger a la o las presuntas v\u00edctimas de maltrato entre pares (Literal v Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc), como separarlo de su presunto agresor(es), con previa informaci\u00f3n del apoderado o adulto responsable.<br \/>\nInspector\u00eda General<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nY durante todo el proceso.<br \/>\nEn los casos en que exista evidencia f\u00edsica de que el estudiante fue v\u00edctima de maltrato entre pares, se debe acompa\u00f1ar al afectado a enfermer\u00eda. Se realizar\u00e1 un chequeo del estudiante y se emitir\u00e1 un informe detallado con lesiones y\/o agresiones observadas. Seg\u00fan la gravedad de las lesiones del o la estudiante se derivar\u00e1 a un centro asistencial m\u00e1s cercano.<br \/>\nEnfermer\u00eda.<br \/>\nInmediato<br \/>\nEn caso de tratarse de un acto que eventualmente sea constitutivo de delito, el colegio realizar\u00e1 la denuncia (Literal ix Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc) ante los organismos competentes o se orientar\u00e1 a los apoderados para que la realicen, seg\u00fan sea el caso, seg\u00fan art. 175 del C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\n24 hrs. para presentar la denuncia.<br \/>\nProceso de indagaci\u00f3n de los hechos denunciados: durante este per\u00edodo se realizar\u00e1n, entre otras, las siguientes acciones:<br \/>\nEntrevista con el estudiante<br \/>\nagredido, entrevista con el estudiante agresor y estudiantes testigos.<br \/>\nEncargado de Convivencia Escolar, Profesor Jefe<br \/>\n10 d\u00edas h\u00e1biles para indagaci\u00f3n y resoluci\u00f3n (Literal iii Anexo 6 Circular N\u00b0 82\/2018 Supereduc)<br \/>\nRecepci\u00f3n de pruebas de testigos<br \/>\no de quienes hayan presenciado el hecho (profesores, estudiantes, funcionarios, entre otros).<br \/>\nSolicitud de cualquier informaci\u00f3n o antecedentes que sean pertinentes para resolver el hecho denunciado.<br \/>\nEntrevista con los apoderados de los alumnos involucrados.<br \/>\nFinaliza la etapa de indagaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n.<br \/>\n(plazo m\u00e1ximo).<br \/>\nComunicaci\u00f3n de resoluci\u00f3n de protocolo a las partes involucradas y a sus apoderados (en entrevista presencial o carta certificada, en caso de negativa o imposibilidad de asistir) con medidas definidas seg\u00fan RICE.<br \/>\nEn dicha entrevista con los apoderados de los estudiantes involucrados se procurar\u00e1 llegar a acuerdos y construir un plan de trabajo.<br \/>\nEl plan considerar\u00e1 medidas formativas, pedag\u00f3gicas y\/o psicosociales a aplicar considerando la situaci\u00f3n particular de cada alumno (Literal vi Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc)<br \/>\nEquipo de convivencia escolar y UTP.<br \/>\nD\u00eda h\u00e1bil siguiente al cierre de la etapa de indagaci\u00f3n.<br \/>\nEn los casos que se estime necesario, se sugiere derivaci\u00f3n a profesional externo.<br \/>\nEquipo de convivencia escolar.<br \/>\nDurante proceso del protocolo.<br \/>\nPosibilidad de reconsideraci\u00f3n (apelaci\u00f3n) de los apoderados ante las medidas adoptadas por el Colegio.<br \/>\nApoderados.<br \/>\nDentro de los cinco d\u00edas<br \/>\nSiguientes a la notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<br \/>\nAn\u00e1lisis de la reconsideraci\u00f3n (apelaci\u00f3n) de los apoderados y entrega de resoluci\u00f3n final, seg\u00fan la evaluaci\u00f3n de las instancias<br \/>\nConsejo Profesores<br \/>\nEquipo Directivo<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la recepci\u00f3n de la carta de<br \/>\nque revisan las medidas disciplinarias seg\u00fan el RICE (v\u00eda carta certificada o correo electr\u00f3nico).<br \/>\nreconsideraci\u00f3n.<br \/>\nMonitoreo de la situaci\u00f3n y efectividad de la aplicaci\u00f3n de las medidas acordadas y comunicaci\u00f3n a los apoderados de estudiantes afectados.<br \/>\nEquipo de Convivencia escolar<br \/>\nProfesor Jefe.<br \/>\nCada dos semanas, reporte parcial.<br \/>\nCierre de protocolo:<br \/>\nEntrevista con los apoderados de estudiantes involucrados para evaluar efectividad de las medias implementadas, informe final.<br \/>\nEncargado de convivencia escolar<br \/>\n30 a 60 d\u00edas, sin perjuicio de que el seguimiento pueda continuar.<br \/>\nAcoso escolar<br \/>\na.<br \/>\nAcoso presencial<br \/>\nAcciones<br \/>\nResponsable<br \/>\nTiempo de ejecuci\u00f3n<br \/>\nRecibida la denuncia por acoso escolar por encargado de convivencia escolar, este abrir\u00e1 una carpeta de indagaci\u00f3n, en la cual se dejar\u00e1 registro escrito de toda diligencia.<br \/>\nEncargado de Convivencia Escolar.<br \/>\nInmediato.<br \/>\nInformar al apoderado inmediatamente a trav\u00e9s de correo electr\u00f3nico<br \/>\nSolicitar la presencia de los apoderados en caso de necesidad.<br \/>\nInspector\u00eda General.<br \/>\nInmediato.<br \/>\nConversaci\u00f3n inicial con estudiantes involucrados para dar contenci\u00f3n.<br \/>\nProfesor Jefe y\/o integrante del equipo de convivencia escolar.<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nSe adoptar\u00e1n medidas inmediatas para proteger a la o las presuntas v\u00edctimas de acoso escolar, como separarlo de su(s) presunto(s) agresor(es), activaci\u00f3n de apoyo psicosocial,<br \/>\nEquipo de convivencia escolar e Inspector\u00eda General<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nY durante todo el proceso<br \/>\ncon previa autorizaci\u00f3n del apoderado o adulto responsable<br \/>\nEn caso de tratarse de un acto que eventualmente sea constitutivo de delito, el colegio realizar\u00e1 la denuncia7 (Literal ix Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc) ante los organismos competentes o se orientar\u00e1 a los apoderados para que la realicen, seg\u00fan sea el caso, seg\u00fan art. 175 del C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\n24 hrs. para presentar la denuncia.<br \/>\nProceso de indagaci\u00f3n de los hechos denunciados: durante este per\u00edodo se realizar\u00e1n, entre otras, las siguientes acciones<br \/>\nEntrevista con el estudiante<br \/>\nagredido, entrevista con el estudiante agresor y estudiantes testigos.<br \/>\nRecepci\u00f3n de pruebas que<br \/>\nquieran entregar quienes hayan conocido el hecho (profesores, estudiantes, funcionarios, entre otros).<br \/>\nSolicitud de cualquier informaci\u00f3n<br \/>\ny antecedentes que sean pertinentes para resolver el hecho denunciado.<br \/>\nEntrevista con apoderados, si se requiere, para mayor informaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de acoso.<br \/>\nFinaliza la etapa de indagaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n del protocolo.<br \/>\nConvivencia escolar, Inspector\u00eda General y Profesor Jefe.<br \/>\n10 d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de apertura de protocolo.<br \/>\n(Plazo m\u00e1ximo para indagar y resolver).<br \/>\nComunicaci\u00f3n de resoluci\u00f3n de protocolo a las partes involucradas y a sus apoderados (en entrevista presencial o carta certificada, en caso de negativa o imposibilidad de asistir) con medidas definidas seg\u00fan RICE.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda siguiente h\u00e1bil al cierre de la etapa de indagaci\u00f3n.<br \/>\nCENTRO EDUCACIONAL PROFESOR GUILLERMO GONZ\u00c1LEZ HEINRICH RBD: 9194-4<br \/>\n\u201cLlegar\u00e1s a ser lo que logres aprender\u201d<br \/>\nEn dicha entrevista con los apoderados de los estudiantes involucrados se procurar\u00e1 llegar a acuerdos y construir un plan de trabajo.<br \/>\nEl plan considerar\u00e1 medidas formativas, pedag\u00f3gicas y\/o psicosociales a aplicar considerando la situaci\u00f3n particular de cada alumno9 (Literal vi Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc)<br \/>\nSe informa a las partes que pueden solicitar la reconsideraci\u00f3n de las medidas, se\u00f1alando la forma y plazo de presentaci\u00f3n y plazo de resoluci\u00f3n por parte del colegio.<br \/>\nEn los casos que se estime necesario se sugiere derivaci\u00f3n a profesional externo.<br \/>\nOrientadora o Psic\u00f3logo.<br \/>\nDurante proceso del protocolo.<br \/>\nRevisi\u00f3n de las medidas: Entrega carta de apelaci\u00f3n del apoderado\/ alumno a las medidas adoptadas.<br \/>\nApoderado.<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<br \/>\nEntrega de resoluci\u00f3n final, seg\u00fan la evaluaci\u00f3n de las instancias que revisan las medidas disciplinarias de acuerdo con el RICE (v\u00eda carta certificada o correo electr\u00f3nico).<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la recepci\u00f3n de la carta de apelaci\u00f3n.<br \/>\nMonitoreo de la situaci\u00f3n y efectividad de la aplicaci\u00f3n de las medidas acordadas y comunicaci\u00f3n a los apoderados de estudiantes afectados.<br \/>\nProfesor Jefe, Inspector\u00eda General y Convivencia Escolar<br \/>\nCada dos semanas, reporte parcial.<br \/>\nCierre de protocolo:<br \/>\nEntrevista con los apoderados de estudiantes involucrados para evaluar efectividad de las<br \/>\nInspector\u00eda General y\/o Convivencia Escolar<br \/>\n30 a 60 d\u00edas, sin perjuicio de que el seguimiento pueda continuar.<br \/>\nmedidas implementadas, informe final.<br \/>\nb.- Acoso a trav\u00e9s de medios tecnol\u00f3gicos digitales<br \/>\nAcciones<br \/>\nResponsable<br \/>\nTiempo de ejecuci\u00f3n<br \/>\nRecibida la denuncia por acoso escolar por encargado de convivencia escolar, este abrir\u00e1 una carpeta de indagaci\u00f3n, en la cual se dejar\u00e1 registro escrito de toda diligencia.<br \/>\nEncargado de Convivencia Escolar<br \/>\nInmediato.<br \/>\nInformar al apoderado inmediatamente por correo electr\u00f3nico u otro medio. Solicitar la presencia de los apoderados, en caso de necesidad.<br \/>\nInspector\u00eda General<br \/>\nInmediato.<br \/>\nConversaci\u00f3n inicial con estudiantes involucrados para dar contenci\u00f3n.<br \/>\nProfesor Jefe y\/o integrante del equipo de convivencia escolar<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nSe adoptar\u00e1n medidas inmediatas para proteger a la o las presuntas v\u00edctimas de acoso escolar, como separarlo de su(s) presunto(s) agresor(es), con previa autorizaci\u00f3n del apoderado o adulto responsable.<br \/>\nEquipo de Convivencia escolar e Inspector\u00eda General.<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nY durante todo el proceso.<br \/>\nEn caso de tratarse de un acto que eventualmente sea constitutivo de delito, el colegio realizar\u00e1 la denuncia7 (Literal ix Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc) ante los organismos competentes o se orientar\u00e1 a los apoderados para que la realicen, seg\u00fan sea el caso, seg\u00fan art. 175 del C\u00f3digo de Procedimiento Penal.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda 1 24 hrs. para presentar la denuncia.<br \/>\nProceso de indagaci\u00f3n de los hechos denunciados: durante<br \/>\nEncargado de Convivencia escolar<br \/>\n10 d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha<br \/>\neste per\u00edodo se realizar\u00e1n, entre otras, las siguientes acciones<br \/>\nEntrevista con el estudiante agredido, entrevista con el estudiante agresor y estudiantes testigos.<br \/>\nRecepci\u00f3n de pruebas que quieran entregar quienes hayan conocido el hecho (profesores, estudiantes, funcionarios, entre otros).<br \/>\nSolicitud de cualquier informaci\u00f3n y antecedentes que sean pertinentes para resolver el hecho denunciado.<br \/>\nFinaliza la etapa de indagaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n del protocolo.<br \/>\nde apertura de protocolo<br \/>\n(plazo m\u00e1ximo).<br \/>\nComunicaci\u00f3n de resoluci\u00f3n de protocolo a las partes involucradas (en entrevista presencial o carta certificada),con las medidas definidas seg\u00fan RICE.<br \/>\nEntrevista con los apoderados de los estudiantes involucrados para llegar a acuerdos y construir un trabajo colaborativo familia colegio.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda 11 h\u00e1bil o siguiente (desde inicio del proceso de indagaci\u00f3n).<br \/>\nEn los casos que se estime necesario se sugiere derivaci\u00f3n a profesional externo.<br \/>\nPsic\u00f3logo, orientadores y psicopedagogo.<br \/>\nDurante proceso del protocolo.<br \/>\nRevisi\u00f3n de las medidas: Entrega carta de apelaci\u00f3n del apoderado\/ alumno a las medidas adoptadas.<br \/>\nApoderado.<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de notificaci\u00f3n de la resoluci\u00f3n.<br \/>\nEntrega de resoluci\u00f3n final, seg\u00fan la evaluaci\u00f3n de las instancias que revisan las medidas disciplinarias seg\u00fan<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la recepci\u00f3n de la carta de apelaci\u00f3n.<br \/>\nRICE (v\u00eda carta certificada o correo electr\u00f3nico).<br \/>\nMonitoreo de la situaci\u00f3n y efectividad de la aplicaci\u00f3n de las medidas acordadas y comunicaci\u00f3n a los padres y apoderados de estudiantes afectados.<br \/>\nProfesor Jefe.<br \/>\nCada 2 semanas, reporte parcial.<br \/>\nCierre de protocolo:<br \/>\nEntrevista con los apoderados de estudiantes involucrados para evaluar efectividad de las medidas implementadas, informe final. El seguimiento puede continuar.<br \/>\nInspector\u00eda General y\/o Convivencia Escolar<br \/>\n30 a 60 d\u00edas, sin perjuicio de que el seguimiento pueda continuar.<br \/>\nI<br \/>\nViolencia asim\u00e9trica<br \/>\na.<br \/>\nMaltrato y\/o acoso de adulto (funcionario o apoderado) a estudiantes<br \/>\nAcciones<br \/>\nResponsable<br \/>\nTiempo de ejecuci\u00f3n<br \/>\nRecibida la denuncia por violencia y\/o acoso escolar por Encargado de convivencia escolar, este abrir\u00e1 una carpeta de investigaci\u00f3n, en la cual se dejar\u00e1 registro escrito de toda diligencia.<br \/>\nSe informar\u00e1 al apoderado por correo electr\u00f3nico o por tel\u00e9fono, seg\u00fan gravedad de la situaci\u00f3n.<br \/>\nEncargado de Convivencia Escolar.<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nConversaci\u00f3n inicial con \u00e9l o los estudiantes o ni\u00f1os afectados para dar contenci\u00f3n.<br \/>\nProfesor jefe y\/o integrante del equipo de convivencia escolar<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nSe adoptar\u00e1n medidas inmediatas para proteger a la o las presuntas v\u00edctimas de violencia, como separarlo de su presunto agresor cuando se trate<br \/>\nInspector\u00eda General y Convivencia Escolar<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nDurante todo el proceso.<br \/>\nde un apoderado, funcionario del colegio o cualquier adulto de la comunidad escolar o que preste servicios externos a este (Literal vii Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc).<br \/>\nAdem\u00e1s, se considerar\u00e1 las siguientes medidas:<br \/>\na)<br \/>\nFormativas: Plan de trabajo con equipo multidisciplinario, Trabajo comunitario.<br \/>\nb)<br \/>\nPedag\u00f3gicas: Ajuste y flexibilidad curricular, apoyo personalizado, flexibilidad horaria.<br \/>\nTodas estas aplicables a todos los estudiantes (de 2\u00b0 ciclo de ense\u00f1anza b\u00e1sica y ense\u00f1anza media) atendiendo a la proporcionalidad y gradualidad de los hechos<br \/>\nEn los casos en que exista evidencia f\u00edsica de que el estudiante fue v\u00edctima de maltrato o violencia se debe acompa\u00f1ar al afectado a enfermer\u00eda. Se realizar\u00e1 un chequeo del estudiante y se emitir\u00e1 un informe detallado con lesiones y\/o agresiones observadas. Si procede, se activar\u00e1 el protocolo de accidentes.<br \/>\nEnfermer\u00eda.<br \/>\nInmediato.<br \/>\nEn caso de tratarse de un acto que eventualmente sea constitutivo de delito, el colegio realizar\u00e1 la denuncia ante los organismos competente: Ministerio P\u00fablico, carabineros de Chile, Polic\u00eda de Investigaciones o ante cualquier tribunal con competencia penal cuando existan antecedentes que hagan<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda 1 24 hrs. para presentar la denuncia.<br \/>\npresumir la existencia de un delito o se tenga conocimiento de hechos constitutivos de delito que afecten al o los estudiantes o que hubieren tenido lugar en el establecimiento educativo, dentro de las 24 horas siguientes al momento en que se tome conocimiento del hecho (Literal ix Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc) ante los organismos competentes o se orientar\u00e1 a los apoderados para que la realicen, seg\u00fan sea el caso, seg\u00fan art. 175 del C\u00f3digo de Procedimiento Penal, sin perjuicio de evaluar la presentaci\u00f3n de una Medida de Protecci\u00f3n ante Tribunales de Familia o derivaci\u00f3n a una OPD<br \/>\nProceso de indagaci\u00f3n de los hechos denunciados: durante este per\u00edodo se realizar\u00e1n, entre otras, las siguientes acciones<br \/>\nEntrevista con el estudiante<br \/>\nagredido, entrevista con el funcionario o apoderado agresor y testigos si los hay.<br \/>\nRecepci\u00f3n de pruebas que quieran entregar quienes hayan conocido el hecho (profesores, estudiantes, funcionarios, entre otros).<br \/>\nSolicitud de cualquier informaci\u00f3n o antecedentes que sea pertinente para resolver el hecho denunciado.<br \/>\nEntrevista con los apoderados.<br \/>\nFinaliza la etapa de indagaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n del protocolo.<br \/>\nInspector\u00eda General, Convivencia Escolar y Profesor Jefe<br \/>\n10 d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de apertura de protocolo<br \/>\n(plazo m\u00e1ximo).<br \/>\nEn los casos que se estime necesario se realizar\u00e1 derivaci\u00f3n a profesionales externos tales como: COSAM, Espacio amigable (seg\u00fan comuna de<br \/>\nOrientadora y Psic\u00f3logo.<br \/>\nDurante proceso del protocolo.<br \/>\nresidencia y que cuente con el programa)..<br \/>\nComunicaci\u00f3n de resoluci\u00f3n de protocolo a las partes involucradas, con medidas definidas seg\u00fan RICE y RIOHS.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nUn d\u00eda h\u00e1bil posterior a la fecha de cierre de indagaci\u00f3n.<br \/>\nRevisi\u00f3n de las medidas: Entrega carta de reconsideraci\u00f3n (apelaci\u00f3n) a las medidas adoptadas.<br \/>\nApoderado y funcionario.<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de entrega de resoluci\u00f3n (o lo que indique el RIOHS).<br \/>\nResoluci\u00f3n de la reconsideraci\u00f3n (apelaci\u00f3n).<br \/>\nDirecci\u00f3n.<br \/>\nDentro del plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la recepci\u00f3n de la carta de reconsideraci\u00f3n.<br \/>\nMonitoreo de la situaci\u00f3n y efectividad de la aplicaci\u00f3n de las medidas acordadas y comunicaci\u00f3n a los padres y apoderados de estudiantes afectados.<br \/>\nInspector\u00eda general y Convivencia Escolar<br \/>\nCada dos semanas, reporte parcial.<br \/>\nEntrevista con los padres para evaluar efectividad de las medias implementadas, cierre de protocolo, informe final.<br \/>\nInspector\u00eda General y\/o Convivencia Escolar<br \/>\n30 a 60 d\u00edas, sin perjuicio de que el seguimiento pueda continuar.<br \/>\nMaltrato y\/o acoso de estudiante a funcionario<br \/>\nAcciones<br \/>\nResponsable<br \/>\nTiempo de ejecuci\u00f3n<br \/>\nRecibida la denuncia por violencia y\/o acoso escolar por Encargado de convivencia escolar, este abrir\u00e1 una carpeta de investigaci\u00f3n, en la cual se dejar\u00e1 registro escrito de toda diligencia.<br \/>\nSe informar\u00e1 al apoderado por correo electr\u00f3nico o por tel\u00e9fono, seg\u00fan gravedad de la situaci\u00f3n. Dejando registrado la notificaci\u00f3n en Libro Digital (SYSCOL)<br \/>\nEncargado de Convivencia Escolar<br \/>\nInspector\u00eda General<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nConversaci\u00f3n inicial con \u00e9l o los funcionarios y estudiante(s) involucrados para dar contenci\u00f3n.<br \/>\nProfesor jefe y\/o integrante del equipo de convivencia escolar<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nSe adoptar\u00e1n medidas inmediatas para proteger a la o las presuntas v\u00edctimas de violencia, como separarlo de su presunto agresor cuando se trate de un estudiante del colegio (Literal vii Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc).<br \/>\nInspector\u00eda General y Convivencia Escolar<br \/>\nD\u00eda 1<br \/>\nDurante todo el proceso.<br \/>\nEn los casos en que exista evidencia f\u00edsica de que el funcionario o apoderado fue v\u00edctima de maltrato o violencia se debe acompa\u00f1ar al afectado a enfermer\u00eda. Se realizar\u00e1 un chequeo del funcionario y se emitir\u00e1 un informe detallado con lesiones y\/o agresiones observadas. Si procede, se activar\u00e1 el protocolo de accidentes.<br \/>\nEnfermer\u00eda.<br \/>\nInmediato.<br \/>\nEn caso de tratarse de un acto que eventualmente sea constitutivo de delito, el colegio realizar\u00e1 la denuncia7 (Literal ix Anexo 6 Circular N\u00b0 482\/2018 Supereduc) ante los<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nD\u00eda 1 24 hrs. para presentar la denuncia.<br \/>\nCENTRO EDUCACIONAL PROFESOR GUILLERMO GONZ\u00c1LEZ HEINRICH RBD: 9194-4<br \/>\n\u201cLlegar\u00e1s a ser lo que logres aprender\u201d<br \/>\norganismos competentes seg\u00fan art. 175 del C\u00f3digo de Procedimiento Penal, sin perjuicio de evaluar la presentaci\u00f3n de una Medida de Protecci\u00f3n ante Tribunales de Familia o derivaci\u00f3n a una OPD<br \/>\nProceso de indagaci\u00f3n de los hechos denunciados: durante este per\u00edodo se realizar\u00e1n, entre otras, las siguientes acciones:<br \/>\nEntrevista con el funcionario<br \/>\nagredido, entrevista con el o los estudiante(s) involucrado(s) y testigos si los hay.<br \/>\nRecepci\u00f3n de pruebas que<br \/>\nquieran entregar quienes hayan conocido el hecho (profesores, estudiantes, funcionarios, entre otros).<br \/>\nSolicitud de cualquier informaci\u00f3n<br \/>\no antecedentes que sea pertinente para resolver el hecho denunciado.<br \/>\nEntrevista con los apoderados del<br \/>\no los estudiantes involucrado(s).<br \/>\nFinaliza la etapa de indagaci\u00f3n con la resoluci\u00f3n del protocolo.<br \/>\nInspector\u00eda General, Convivencia Escolar y Profesor Jefe<br \/>\n10 d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de apertura de protocolo<br \/>\n(Plazo m\u00e1ximo).<br \/>\nEn los casos que se estime necesario se realizar\u00e1 derivaci\u00f3n a profesionales externos.<br \/>\nOrientadora y Psic\u00f3logo.<br \/>\nDurante proceso del protocolo.<br \/>\nComunicaci\u00f3n de resoluci\u00f3n de protocolo a las partes involucradas, con medidas definidas seg\u00fan RICE y RIOHS.<br \/>\nDirecci\u00f3n<br \/>\nUn d\u00eda h\u00e1bil posterior a la fecha de cierre de indagaci\u00f3n.<br \/>\nRevisi\u00f3n de las medidas: Entrega carta de reconsideraci\u00f3n (apelaci\u00f3n) a las medidas adoptadas.<br \/>\nApoderado y funcionario.<br \/>\nCinco d\u00edas h\u00e1biles desde la fecha de entrega de resoluci\u00f3n (o lo que indique el RIOHS).<br \/>\nResoluci\u00f3n de la reconsideraci\u00f3n (apelaci\u00f3n).<br \/>\nDirecci\u00f3n.<br \/>\nDentro del plazo de cinco d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la recepci\u00f3n de la carta de reconsideraci\u00f3n.<br \/>\nMonitoreo de la situaci\u00f3n y efectividad de la aplicaci\u00f3n de las medidas acordadas y comunicaci\u00f3n al apoderado del o los estudiante(s) involucrado\/a.<br \/>\nInspector\u00eda general y Convivencia Escolar<br \/>\nCada dos semanas, reporte parcial.<br \/>\nEntrevista con el \/la apoderado\/a para evaluar efectividad de las medidas implementadas, cierre de protocolo, informe final.<br \/>\nInspector\u00eda General y\/o Convivencia Escolar<br \/>\n30 a 60 d\u00edas, sin perjuicio de que el seguimiento pueda continuar.<br \/>\nPrevenci\u00f3n<br \/>\nDurante la confecci\u00f3n del Plan de Gesti\u00f3n de Convivencia Escolar, el Encargado de Convivencia Escolar velar\u00e1 por introducir diferentes disposiciones y actividades que permiten concientizar a la Comunidad Educativa acerca de la necesidad de prevenir el Acoso o Maltrato Escolar y de c\u00f3mo esto afecta a sus pares.<br \/>\nPara tales efectos, abordar\u00e1 temas tales como:<br \/>\n\u2022<br \/>\nResponsabilidad de los Adultos de la Comunidad Educativa frente al Acoso o Maltrato Escolar.<br \/>\n\u2022<br \/>\nResponsabilidad Parental y de la Familia frente al Proceso Formativo del Ni\u00f1o, Ni\u00f1a o Adolescente.<br \/>\n\u2022<br \/>\nResponsabilidad de los Docentes en la Prevenci\u00f3n, Atenci\u00f3n<br \/>\n\u2022<br \/>\nActuaci\u00f3n frente a situaciones de Acoso o Maltrato Escolar.<br \/>\n\u2022<br \/>\nResponsabilidad del Cuerpo Directivo en la confecci\u00f3n de Estrategias de Prevenci\u00f3n y Actuaci\u00f3n frente al Acoso o Maltrato Escolar.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ACTUALIZACI\u00d3N DE PROTOCOLO DE ACTUACI\u00d3N FRENTE A SITUACIONES DE ACOSO O MALTRATO ESCOLAR &nbsp; 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